TOMAS ALADINO GALVEZ VILLEGAS
En nuestro ordenamiento jurídico penal, lo que lleva al desperdicio del rendimiento práctico de estas instituciones; hecho que nos parece grave, si tenemos en cuenta que al no haberse logrado los efectos preventivos de la pena privativa de libertad, lo que queda es atacar el apetito crematística de los agentes del delito, particularmente en los delitos contra la administración pública y los demás delitos económicos o patrimoniales, en los cuales dicha avidez lucrativa (ánimo de lucro) es la que gobierna la conducta delictiva de los agentes del delito.
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