CARLOS MACHUCA FUENTES
El presente trabajo trata, de una u otra manera, de buscar un nuevo enfoque a las denominadas “faltas”. Por ello se define, en primer lugar, el instituto jurídico central, luego las clases de faltas contempladas en la legislación vigente, para después tratar el proceso respectivo incluyendo, por supuesto, las innovaciones del Código Procesal Penal.
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